Representantes Diplomáticos
El sistema contempla a las Embajadas por los Tratados Internacionales sobre el flujo de ingreso y/o egreso en la orbitar del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto los rangos son:
- Jefes titulares de misiones diplomáticas que tuvieren rango de embajadores, nuncios, ministros plenipotenciarios, enviados, internuncios y encargados de negocios con carta de gabinete, debidamente acreditados y con sede en la Nación;
- Misiones diplomáticas permanentes y oficinas consulares, acreditadas y con sede en la Nación;
- Representaciones permanentes de los organismos internacionales de los que la Nación fuere miembro y de los organismos especializados, técnicos u otros, con los cuales se hubieren celebrado convenciones internacionales ratificadas;
- Funcionarios diplomáticos de las misiones y agregados de las mismas con rango o estado diplomático, así como cónsules generales, cónsules y vicecónsules, siempre que fueren rentados, nacionales del país que representaren y que estuvieren debidamente acreditados con el otorgamiento del respectivo exequátur.
- Funcionarios y expertos de los organismos mencionados en el inciso 3) que gozaren de estado diplomático.
- Empleados rentados, administrativos o técnicos, de las misiones y representaciones comprendidas en los incisos 2) y 3), titulares de pasaporte diplomático u oficial, siempre que no tuvieren nacionalidad argentina según las leyes de la Nación; ni fueren residentes en la Nación.
- Titulares de pasaporte extranjero diplomático u oficial, o de un «laisser passer» expedido por un organismo comprendido en el inciso c) en misión temporaria en la Nación o en tránsito por ella;
- Correos diplomáticos y consulares.