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Vehículos de Turistas

El régimen contempla tanto la importación como la exportación de vehículos de turistas en forma Temporal por la estadía que determina el régimen a ingresar por Registros emigratorios los que son 3 meses con una posibilidad de obtener una prórroga de 3 meses adicionales. La vigencia contempla que los vehículos de su propiedad podrán circular en las rutas nacionales, provinciales y de jurisprudencia de la República Argentina siempre y cuando obtengan el ingreso, sean conducidos por el titular y/o titulares si así lo tramitaren contando con el seguro vial reglamentario para la circulación en su estadía.

Estos vehículos deben ser retornados a su país de origen dentro de los plazos previstos y otorgados por la Dirección Nacional de Aduana tanto para el egreso como el ingreso; caso contrario estarán sujeto a las Multas referentes al no cumplimiento de la norma.

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